miércoles, 11 de septiembre de 2013

Carta de Laicidad del Estado Francés

1. La nación establece como misión fundamental de la escuela no sólo la transmisión de conocimientos, sino también el compartir con los alumnos los valores de la República.
La república es laica
2. Francia es una república indivisible, laica, democrática y social. Ella garantiza la igualdad de todos los ciudadanos delante de la ley en todo el territorio y respeta todas las religiones.
3. La república laica establece la separación entre las religiones y el estado, que es neutral en lo que respecta a las convicciones religiosas o espirituales. No existe una religión de estado.
4. La laicidad garantiza la libertad de conciencia de todos: cada uno es libre de creer o no creer. Ella permite la libre expresión de las propias convicciones, en el respeto de las convicciones de los otros y en los límites del orden público.
5. La laicidad permite el ejercicio de la ciudadanía, conciliando la libertad de cada uno con la igualdad y la fraternidad de todos, en el contexto del interés general.
6. La república garantiza el respeto de todos los propios principios en los institutos escolares.
La escuela es laica
7. La laicidad en la escuela ofrece a los estudiantes las condiciones adecuadas para forjar la propia personalidad, ejercitar el líbero arbitrio y formarse a la ciudadanía. Ella tutela de cualquier forma de proselitismo y de toda expresión plausible de prejuzgar sus libres elecciones.
8. Ella garantiza el acceso a una cultura común y compartida.
9. Permite a los estudiantes el ejercicio de la libertad de expresión en los límites del buen funcionamiento de la escuela y del pluralismo de las convicciones.
10. Establece el rechazo a toda violencia y discriminación, garantiza la igualdad entre hombres y mujeres y encuentra el propio fundamento en la cultura del respeto y de la comprensión del otro.
11. Todo el personal tiene que transmitir a los estudiantes el sentido y el valor de la laicidad, como también de los otros principios fundamentales de la república, y debe también vigilar para que estos se apliquen en el contexto escolar.
12. El personal tiene que dar a conocer la presente carta a los padres de los estudiantes.
13. El personal debe ser absolutamente neutral y en el ejercicio de las propias funciones no debe, por tanto, expresar las propias convicciones políticas o religiosas.
14. Los profesores son laicos. Con el fin de garantizar a los estudiantes una apertura lo más objetiva posible a las concepciones del mundo, como también a la amplitud y la corrección del saber, no se excluye a priori ninguna materia de la esfera científica o pedagógica.
15. Ningún estudiante puede apelar a una convicción política o religiosa para contestar a un profesor el derecho de tratar una parte del programa.
16. Las normas de comportamiento en relación a los diversos ambientes escolares, especificadas en el reglamento interno, son respetuosas de la laicidad. Está prohibido apelar a la propia pertenencia religiosa para rechazar conformarse a las reglas aplicables en la escuela de la república. En los institutos escolares públicos está prohibido exhibir símbolos o uniformes mediante los cuales los estudiantes ostenten de forma clara una pertenencia religiosa.
17. Los estudiantes tienen la responsabilidad de difundir estos valores dentro del propio instituto con sus reflexiones y actividades.

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